México es un país latinoamericano situado en Norteamérica cuya lengua oficial es el español. De acuerdo con datos recogidos por la Organización Mundial del Turismo (OMT), México es el país más turístico de América Latina y uno de los más visitados del mundo, debido a la gran diversidad cultural que posee. En lo que sigue te informamos acerca de la documentación que necesitarás para viajar a México, ya sea como turista o para vivir, trabajar o estudiar allí.

A continuación tienes un índice con todos los puntos que vamos a tratar en este artículo.

Documentación necesaria

Estos son los documentos comunes a todo ciudadano extranjero que desee entrar en México:



  • Pasaporte en vigor: ordinario, diplomático o de servicio.
  • Billete de avión de vuelta: el período de estancia en México por motivos turísticos no puede superar los 180 días. No solo debes mostrar el billete de vuelta, sino también un documento que acredite el lugar o lugares donde te alojarás durante la estancia. Así, si nos vamos a alojar en un hotel, tendremos que enseñar el impreso de reserva; si, en cambio, no vamos a alojar en casa de algún amigo o familiar, será necesario un formulario migratorio que se entrega en el avión durante la ida. En él, debe aparecer la dirección del domicilio de la persona con quien vamos a quedarnos durante la estancia, así como su nombre completo y un teléfono de contacto de la misma.
  • Forma Migratoria Múltiple (FMM): los extranjeros cuya estancia en el país sea por motivos turísticos y, por tanto, no supere los 180 días, tendrán que cumplimentar la FMM, documento bajo el cual acreditamos nuestra condición migratoria como no inmigrantes, dado que nuestra estancia se considera de corto plazo. Puedes encontrar más información acerca de la FMM en el siguiente artículo: ¿Qué es la FMM y cómo se consigue?
  • Solvencia económica: se debe probar que disponemos de los medios económicos suficientes como para cubrir los gastos de alojamiento y manutención que tengamos durante nuestra estancia prevista en el país.

Formas Migratorias (FM)

Aparte de la FMM, el Estado mexicano pone a disposición de los ciudadanos extranjeros otras Formas Migratorias según el motivo del viaje:

  • FMVL: se aplica al visitante local marítimo.
  • FMT: se aplica al turista extranjero.
  • FMN: se aplica a las personas de negocios (en calidad de comerciante-inversionista, profesional, visitante de negocios o por transferencia de personal) procedentes de EE.UU y Canadá .
  • FME: se aplica a los propios ciudadanos mexicanos con fines estadísticos para las veces que entran y salen del país.
  • FM3: se aplica a los no inmigrantes que vayan a residir temporalmente en el país.
  • FM2: se aplica en calidad de inmigrado (persona que adquiere derechos de residencia en el país) e inmigrante, en cualquiera de las siguientes modalidades: artista/deportista, confianza, asimilado, científico, familiar, inversionista, rentista, técnico o profesional.
  • FMVC: se aplica para visitantes y consejeros con motivos de negocios, en cualquiera de estas modalidades: transferencia de personal, visitante de negocios, consejero o técnico.
  • FM6: se aplica a los transmigrantes (personas que ingresan en México en mitad de otro viaje; por ejemplo, un ciudadano de Guatemala que quiere viajar a los EE.UU. y hace escala en México).
  • FMVA: se aplica a los visitantes agrícolas temporales que cruzan la frontera sur del país (Chiapas).

Visado

Países que no necesitan visado

A continuación enumeramos en orden alfabético los países cuyos ciudadanos, si viajan por motivos turísticos, no requieren de un visado para cruzar la frontera de México:

  • A: Alemania, Argentina, Andorra, Aruba, Anguila, Australia, Antillas Holandesas, y Austria.
  • B: Bahamas, Belice, Barbados, Brasil, Bélgica y Bulgaria.
  • C: Canadá, Corea del Sur, Chile, Costa Rica, Chipre, Croacia y Colombia.
  • D: Dinamarca.
  • E: Eslovaquia, Estados Unidos, Eslovenia, Estonia y España.
  • F: Finlandia y Francia.
  • G: Gibraltar, Guadalupe, Grecia, Guayana Francesa y Groenlandia.
  • H: Hong Kong y Hungría.
  • I: Irlanda, Islas Marshall, Islandia, Islas Navidad, Islas Azores, Islas Niue, Islas Bermudas, Islas Norfolk, Islas Caimán, Islas Pitcairn, Islas Cocos, Islas Reunión, Islas Cook, Islas Vírgenes de EE.UU., Islas Faroe, Islas Wallis y Futura, Islas Guam, Islas Vírgenes Británicas, Islas Malvinas, Israel, Islas Marinas e Italia.
  • J: Jamaica y Japón.
  • L: Letonia, Lituania, Liechtenstein y Luxemburgo.
  • M: Macao, Martinica, Mahore, Micronesia, Malasia, Mónaco, Malta y Montserrat.
  • N: Noruega, Nueva Caledonia y Nueva Zelanda.
  • O: Omán.
  • P: Polinesia Francesa, Países Bajos, Palau, Polonia, Panamá, Portugal, Paraguay, Puerto Rico y Perú.
  • R: Reino Unido, República Checa y Rumania.
  • S: Samoa Americana, Singapur, Suecia, San Marino, Santa Helena y Suiza.
  • T: Trinidad y Tobago, Tokelau, Territorio Británico del Océano índico y Turcos y Caicos.
  • U: Uruguay.
  • V: Venezuela.

En cualquier caso, al pasar por el filtro de revisión migratoria, deberán presentar obligatoriamente los siguientes documentos:

  • Pasaporte o documento nacional de identidad en vigor.
  • FMM debidamente cumplimentada.
  • Impreso que demuestre la reserva de hotel, billete de avión de vuelta al país de origen o itinerario en caso de haber contratado algún itinerario turístico
  • Carta en español de la empresa extranjera responsable del viaje del interesado en la que se exprese que dicha persona es empleada de esta empresa y que la remuneración por lo servicios que va a prestar en México correrá por su cuenta.
  • Carta de la institución u organización pública en la que se invite a la persona extrajera a participar en alguna actividad no remunerada en territorio mexicano, en la que debe manifestar el motivo del viaje y su duración. Si dicha institución va a cubrir algún gasto derivado del viaje, también tendrá que adjuntar una carta en la que figure esta responsabilidad.
  • Carta de aceptación o invitación de algún organismo educativo mexicano en la que se invite al interesado a participar en alguna actividad o curso, o a participar en un proyecto de investigación durante un período máximo de 80 días.

Países que necesitan visado

Los ciudadanos de los países que se enumeran a continuación deberán solicitar en una Embajada o Consulado mexicano una Visa de visitante sin permiso cuando su estancia sea por razones turísticas y no rebase los 180 días:

  • A: Afganistán, Arabia Saudita, Albania, Argelia, Angola, Armenia, Antigua y Barbuda, y Azerbaiyán.
  • B: Bahrein, Bangladesh, Botswana Brunei Darusalam, Belarús, Burkina Faso, Benin, Burundi, Bolivia, Bután y Bosnia-Herzegovina.
  • C: Cabo Verde, Congo, Camboya, Congo (Zaire), Corea del Norte, Camerún, Chad, Costa de Marfil, China, Cuba y Comoras.
  • D: Djibuti, República Dominicana y Dominica.
  • E: Ecuador, Emiratos Árabes Unidos, Egipto, Eritrea, El Salvador y Etiopía.
  • F: Federación Rusa, Filipinas e Islas Fiji.
  • G: Gabón, Guatemala, Gambia, Guinea, Georgia, Guinea, Georgia, Guinea Bissau, Ghana, Guinea Ecuatorial, Grenada y Guyana.
  • H: Haití y Honduras.
  • I: India, Indonesia, Irak, Irán, Islas Salomon, Islas Seychelles.
  • J: Jordania.
  • K: Kazajistán, Kiribati, Kenia, Kuwait y Kirguistán.
  • L: Laos, Liberia, Lesotho, Libia y Líbano.
  • M: Macedonia, Muritania, Madagascar, Myanmar, Malawi, Moldova, Maldivas, Mongolia, Mali, Montenegro, Marruecos, Mozambique y Mauricio.
  • N: Namibia, Nicaragua, Niger, Nauru, Nepal y Nigeria.
  • O: Omán.
  • P: Pakistán, Palestina y Papua Nueva Guinea.
  • Q: Qatar.
  • R: República Centroafricana, Ruanda y República Árabe Saharaui Democrática.
  • S: Samoa Occidental, Sierra Leona, San Cristóbal y Nieves, Siria, San Vicente y Las Granadinas, Somalia, Santa Lucía, Sri Lanka, Santa Sede, Sudáfrica, Santo Tomé y Príncipe, Sudán, Senegal, Surinam, Serbia y Swazilandia.
  • T: Tailandia, Taiwán, Tonga, Túnez Tanzania, Turkmenistán, Tayikistán, Turquía, Timor Oriental, Togo y Tuvalu.
  • U: Ucrania, Uganda y Uzbekistán.
  • V: Vanuatu y Vietnam.
  • Y: Yemen.
  • Z: Zambia y Zimbawe.

No obstante, aquellos ciudadanos extranjeros procedentes de alguno de los anteriores países que presenten alguno de los siguientes documentos estarán exentos de solicitar visado:

  • Documento acreditativo que demuestre que eres ciudadano permanente en EE.UU., Canadá, Japón, Reino Unido, o cualquier país miembro del Espacio Schengen.
  • Visa de los EE.UU. válida y vigente.
  • Tarjeta de Viajero de Negocios de APEC (APEC Business Travel Card)
  • Certificado en el que se acredite que la persona interesada es miembro de la tripulación de la aeronave con la que llega al país

Tarjeta de Viajero de Negocios de APEC

Promovida por el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), esta tarjeta es un documento que facilita la migración a los Estados Unidos Mexicanos con fines de negocios. El objetivo es incentivar el comercio libre, así como la inversión entre países. Concretamente, este documento permite viajar rápida y eficazmente a los países miembros del APEC, los cuales citamos a continuación:

  • A: Australia.
  • B: Brunei Darussalam
  • H: Hong Kong.
  • I: Indonesia.
  • R: Rusia y República Popular China.
  • S: Singapur.
  • T: Tailandia y Taiwán.
  • V: Vietnam.

Importación

Antes de proceder a iniciar el proceso de importación a México, debemos cumplir los siguientes requisitos:

  1. Inscribirse en el Padrón de Importadores y el Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Tener una situación fiscal al corriente.
  3. Contar con una Firma Electrónica Avanzada.
  4. Contratar los servicios de un apoderado o agente aduanal
  5. Efectuar el encargo conferido a dicho agente o apoderado aduanal
  6. Cargar con los gastos de aprovechamientos y contribuciones aplicables, almacenaje, carga y descarga, y transporte de la mercancía.
  7. Cumplir con la normativa arancelaria de cada tipo de mercancía.

Una vez hayamos seguido todos los anteriores pasos, para poder importar al país tendremos que presentar estos documentos:

  • Pedimento en la forma oficial aprobada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
  • Régimen aduanero al que se pretende destinar la mercancía.
  • Datos para la determinación y pago de los impuestos de comercio exterior.
  • Datos del pago de las medidas de transición o las cuotas compensatorias (en caso de haberlas).
  • Datos sobre el origen, el peso y el volumen de la mercancía.
  • Documento en el que se acredite el cumplimiento de la normativa y las restricciones no arancelarias.
  • Código de barras, firma electrónica o número confidencial del despacho del agente aduanal.

Si deseas más información al respecto, te recomendamos consultar este enlace.

Migración laboral

Si queremos trabajar temporalmente en México, entonces bastará con solicitar una FM3. No obstante, si nuestra intención es trabajar indefinidamente en el país, en ese caso deberemos pedir una FM2, con la que obtendremos permisos de residencia en el país. Esta visa sólo puede tramitarse en México y únicamente se concede si presentamos la siguiente documentación:

  • Trámite de constancia del empleador: este documento autoriza a un empresario mexicano a extender una oferta de empleo a un ciudadano extranjero. Su vigencia es de un año.
  • Autorización de visa por oferta de empleo: mediante este documento, se obtiene la autorización del Instituto Nacional de Inmigración para obtener un permiso de trabajo en México. Así, se proporcionará al interesado un Permiso de Internación, con el que tendrá que acudir al Consulado Mexicano, y pasar una entrevista para que finalmente le sea concedida la visa de trabajo (FM2). Una vez se llegue a México con dicha visa, se concederá al extranjero la Tarjeta de Residencia tras realizar el trámite denominado Canje.

Sin embargo, existen tres casos excepcionales en los que el ciudadano extranjero puede solicitar la la visa de trabajo en México aunque haya ingresado previamente en el país en calidad de turista:

  • Si el interesado tiene un vínculo familiar directo con un extranjero que tenga el permiso residencia en México (padres, hijos o cónyuge).
  • Si el interesado tiene un vínculo familiar directo con una persona de nacionalidad mexicana (padres, hijos o cónyuge).
  • Si el interesado contrae matrimonio con una persona de nacionalidad mexicana durante su estancia como turista, es decir, durante los 180 días permitidos a los visitantes en calidad de turista.

Tarjeta de Visitante Trabajador Fronterizo

La Tarjeta de Visitante Trabajador Fronterizo está destinada a los ciudadanos beliceños y guatemaltecos que dispongan de una oferta laboral para trabajar en alguno de los siguientes Estados de la frontera sur: Campeche, Chiapas, Tabasco y Quintana Roo. Con dicha tarjeta, además, es posible salir y entrar al país tantas veces como se desee. Para obtener dicha tarjeta, todas las personas interesadas tendrán que presentar obligatoriamente:



  • Dos fotografías de frente
  • Una fotografía de perfil
  • Comprobante del pago de los derechos correspondientes (según la Ley Federal de Derechos)
  • Documento en escrito libre donde se acredite por parte del empresario o su representante legal la oferta de empleo a la que está suscrito el interesado.

No obstante, dependiendo de si procedes de Belice o de Guatemala, tendrás que presentar una documentación diferente. A continuación te lo mostramos:

Ciudadanos beliceños:

  • Pasaporte o documento nacional de identidad.
  • Documento de viaje válido y vigente.

Ciudadanos guatemaltecos:

  • Pasaporte o documento nacional de identidad.
  • Documento Personal de Identificación (DPI).
  • Documento de viaje válido y vigente.

Acuerdo Binacional México-Nueva Zelanda

En 2007, México y Nueva Zelanda firmaron el acuerdo por el cual se hacía efectivo el Programa de Vacaciones y Trabajo gracias al cual los ciudadanos mexicanos y los neozelandeses pueden viajar libremente entre estos países para trabajar de manera temporal. A continuación te mostramos los requisitos que deben cumplir los ciudadanos neozelandeses:

  • Tener nacionalidad neozelandesa.
  • Tener entre 18 y 30 años.
  • Poseer independencia económica.
  • Disponer de un billete de vuelta o demostrar que se dispone de la solvencia económica suficiente como para adquirirlo.
  • Tener solvencia económica para los gastos derivados de la manutención y el alojamiento durante la estancia en México.
  • Disponer de un seguro médico y de hospitalización durante la estancia en México.

Estudios

Los ciudadanos extranjeros procedentes de EE.UU. u otros países no necesitan un visado su su período de estudios no es superior a 6 meses, lo que significa que será suficiente con presentar una FMM. No obstante, sí que deben presentar los siguientes documentos:

  • Pasaporte en vigor: junto con una fotocopia de la página en la que aparece el número de pasaporte, los datos personales, la foto, la firma y los visados correspondientes.
  • Dos fotografías tamaño carné: a ser posible, en las que el interesado no lleve gafas.
  • Carta de admisión del centro educativo mexicano donde el interesado va a estudiar: el destinatario debe ser el Consulado General de México en Taleigh. Se debe enviar la carta original junto con los siguientes datos: nombre completo, fecha de nacimiento y número de pasaporte del interesado; nombre del curso en el que ha sido admitido; fecha de inicio del curso o fecha límite hasta la que el estudiante puede inscribirse o matricularse; duración o fecha de finalización del curso; coste de la matrícula; motivos por los cuales la persona interesada va a estudiar en dicho centro educativo; datos identificativos de la institución: datos personales del responsable del centro educativo.
  • Solvencia económica: en la que se demuestre que el estudiante dispone de a $300.00 U.S.C mensuales.

Programa de Movilidad de Jóvenes México-Canadá

Este programa viene promovido por el Memorándum de entendimiento para movilidad de Jóvenes Canadienses y Mexicanos.

Con él se pretende fomentar la movilidad de los jóvenes de ambas nacionalidades entre estos países para alguno de los siguientes fines:

  • Estudiar
  • Trabajar temporalmente
  • Realizar prácticas profesionales

Además, es posible realizar varias de estas actividades al mismo tiempo durante la estancia.

Puedes obtener información detallada sobre este programa haciendo clic en este enlace.

Condición de residente

Los extranjeros que deseen permanecer en territorio mexicano como residentes, tendrán que optar por alguna de las siguientes condiciones:

  • Residente temporal: esta condición autoriza a los extranjeros a residir en México durante un período no superior a los cuatro años. Durante este período, el ciudadano tiene permiso de trabajo remunerado y, además, derecho para entrar y salir tantas veces como desee.
  • Residente temporal estudiante: se autoriza al extranjero a permanecer en el país durante todo el período que dure el curso, período formativo o proyecto de investigación que va a realizar en cualquier centro educativo perteneciente al sistema educativo nacional.
  • Residente permanente: este permiso autoriza a los extranjeros a obtener la residencia permanente en el país, con derecho a trabajar a cambio de una remuneración.

Para mayor información, te recomendamos hacer clic en este enlace.

Vacunas

Si viajas únicamente a México, D. F. y sus alrededores, entonces no será necesario establecer un calendario de vacunación. Sin embargo, si nuestro destino es la Riviera Maya o Cancún, por ejemplo, es aconsejable vacunarse de las siguientes enfermedades:

  • Hepatitis A y B
  • Tétanos y difteria (TD)
  • Fiebre tifoidea

También es recomendable tomar medidas preventivas como beber agua embotellada; nunca beber agua de fuentes, ríos o grifos; lavar la fruta antes de tomarla; y usar un Dengue, para la que no existe una vacuna todavía.

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