Chile posee un patrimonio cultural de gran valor, que incluye gran diversidad de manifestaciones, tales como música, arte, costumbres, tradiciones, gastronomía, arquitectura… Todo ello convierte a Chile en un país muy atractivo para el turista. Te informamos acerca de la documentación que necesitas, así como sobre los requisitos que debes cumplir para trabajar, estudiar o vivir allí.

A continuación tienes un índice con todos los puntos que vamos a tratar en este artículo.

Documentación y visados

La documentación necesaria para viajar a Chile en calidad de turista depende fundamentalmente de si el turista pertenece a alguno de los siguientes grupos: el de los países que mantienen relaciones diplomáticas con Chile y el de los países que no mantienen dichos acuerdos.



Evidentemente, los ciudadanos procedentes de aquellos países que se encuentran dentro del segundo grupo, requerirán presentar más documentación, es decir, cumplir un mayor número de requisitos. Lo que nunca puede faltar, ya pertenezcas a un grupo u otro, es tu pasaporte en vigor, ya que sin él no podrás cruzar la frontera de Chile.

Países que mantienen acuerdos diplomáticos

A continuación se detalla la documentación necesaria para aquellos ciudadanos que provengan de alguno de los países que se mencionan en la lista que aparece más abajo:

  • Pasaporte vigente: todos los extranjeros que deseen entrar en Chile en calidad de turistas deben tener su pasaporte vigente.
  • Carné de identidad: los ciudadanos provenientes de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay pueden ingresar en el país tan solo presentando su carné de identidad en vigor.
  • Tarjeta de Turismo: también denominada visto de turismo. En el momento de cruzar la frontera de Chile, la Oficina de Policía Internacional proporciona un formulario duplicado denominado Tarjeta de Turismo, el cual se debe rellenar. Una vez hecho esto, se concederá esta tarjeta, la cual es personal e intransferible, y su duración máxima será de 90 días (3 meses). Es importante no perder esta tarjeta durante nuestra estancia en el país, puesto que nos la pedirán en el momento de abandonarlo. Si deseamos prolongar la validez de esta tarjeta, tendremos que hacer una solicitud en las Intendencias Regionales, Oficina de Extranjería.
  • Autorización notarial para menores: aquellos turistas extranjeros menores de edad y que viajen solos, tendrán que presentar una autorización notarial de su padre, madre o tutor/a legal a la hora de entrar en Chile. Esta autorización deberá ser visada por el Cónsul chileno de su país de procedencia. Además, los argentinos menores de 21 años que viajen solos también necesitan esta misma autorización.

Lista de países que mantienen acuerdos diplomáticos con Chile:

  • A: Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia y Austria.
  • B: Bahamas, Barbados, Belarus, Bélgica, Belice, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Botswana, Brasil, Bulgaria y Burkina Faso.
  • C: Canadá, Chipre, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Cote d’Ivorre y Croacia.
  • D: Dinamarca y Dominica.
  • E: Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos y Estonia.
  • F: Federación Rusa, Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia y Fyrom.
  • G: Gabón, Gambia, Granada, Grecia, Guatemala, Guinea, Guinea Bissau, Guinea Ecuatorial y Guyana.
  • H: Haití, Honduras, Hong Kong (solo la región administrativa especial) y Hungría.
  • I: Islas Comoras, Indonesia (solamente en caso de visa simple durante un plazo máximo de 60 días), Irlanda, Islandia, Islas Marshall, Islas Mauricio, Islas Salomon, Israel e Italia.
  • J: Jamaica y Japón.
  • K: Kiribati.
  • L: Laos, Letonia, Liechtenstein, Lituania y Luxemburgo.
  • M: Macao (se aplica a nacionales de la región administrativa especial), Madagascar, Malasia, Malawi, Maldivas, Malta, México, Micronesia, Moldova, Mongolia, Montenegro y Myanmar.
  • N: Nuaru, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda,
  • P: Países Bajos, Panamá, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Polonia y Portugal.
  • R: República Checa, Reino Unido, República Cento Africana, República Democrática del Congo, República Dominicana, Rumania y Rwanda.
  • S: Samoa, San Cristobal y Nevis, San Marino, San Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Santa Sede, Santo Tomé y Príncipe, Serbia, Seychelles, Singapur, Sudáfrica, Suecia. Suiza, Suriname y Swazilandia.
  • T: Tailandia, Timor Oriental, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía y Tuvalu.
  • U: Ucrania, Uganda, Uruguay. Vanuatu, Venezuela y Vietnam.
  • Z: Zambia y Zimbabwe.

Países que no mantienen acuerdos diplomáticos

Para ingresar en la República de Chile será necesaria una Visa Simple o Múltiple para Extranjeros, la cual va dirigida a aquellos extranjeros cuyo propósito es visitar el país únicamente con fines recreativos, deportivos, familiares, religiosos, de salud, etc. sin propósitos de inmigración, residencia permanente o desarrollo de actividades con remuneración. A continuación se muestra la documentación que se debe adjuntar en dicha solicitud:

  • Pasaporte o documento nacional de identidad: tendrán que estar en vigor hasta la finalización de su estancia en Chile.
  • Motivos del viaje: cuando realizamos la solicitud de la visa de turismo, tenemos que exponer ante el Ministerio de Relaciones Exteriores el motivo del viaje, la duración de nuestra estancia y la fecha de llegada y salida del país.
  • Billete de vuelta: también será obligatorio presentar el billete de vuelta a nuestro país de origen o a un tercero, en cuyo caso tendremos que demostrar también que contamos con autorización para entrar en dicho país.
  • Refugiados y apátridas: los turistas en alguna de estas situaciones especiales tendrán que obtener el visto bueno de turismo previa consulta al Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Solvencia económica: los turistas de países sin relaciones diplomáticas con Chile tendrán que acreditar solvencia económica para poder cruzar la frontera.
  • Carta de invitación: podrá ser de una persona natural o de alguna empresa ubicada en Chile.
  • Reserva de hotel: solo será necesario presentar un impreso que acredite la reserva de alojamiento en caso de no tener ningún familiar, amigo o conocido en Chile.

Lista de países que no mantienen acuerdos diplomáticos con Chile:

  • A: Afganistán, Angola, Arabia Saudita, Argelia, Armenia y Azerbaiyán.
  • B: Bahrein, Bangladesh, Benin, Bhutan, Brunei y Burindi.
  • C: Cabo Verde, Camboya, Camerún, Chad, China, Congo (Brazzaville), Corea del Norte y Cuba.
  • D: Djibouti.
  • E: Egipto, Emiratos Árabes unidos, Eritrea y Etiopía.
  • G: Georgia y Ghana.
  • I: India, Irán e Iraq.
  • J: Jordania, Kazajstan, Kenia, Kirguistan, Kuwait, Lesotho, Líbano, Liberia y Libia.
  • M: Mali, Marruecos, Mauritania y Mozambique.
  • N: Namibia, Nepal y Nigeria.
  • O: Oman, Pakistán y Palau.
  • Q: Qatar.
  • S: Senegal, Sierra Leona, Siria, Somalia, Sri Lanka y Sudán.
  • T: Tanzania, Tiyikistán, Togo, Túnez, Turkmenistán y Uzbekistán.
  • Y: Yemen.

Impuesto de Reciprocidad

Los ciudadanos provenientes de Albania, Australia, Canadá y México deben pagar el Impuesto de Reciprocidad para poder ingresar en Chile. Este impuesto de entrada se debe abonar nada más bajar del avión y antes de pasar por el control de inmigración. El coste de este impuesto depende de tu nacionalidad, así, a continuación te detallamos el precio por país:

  • Australia: US$ 61 (53,94€).
  • Albania: US$ 30 (26,52€).
  • Canadá: US$ 132 (116,71€).
  • México: US$ 23 (20,33€).

Hasta 2014, los ciudadanos estadounidenses también tenían que pagar la tasa de reciprocidad; sin embargo, con la entrada del Programa Visa Waiver se ha eliminado la obligación de abonar este impuesto, que ascendía a US$ 160.

Aduanas e importación

Todos los ciudadanos internacionales deben pasar por el control de aduanas para poder entrar en el país. Existe una normativa en relación a lo que está permitido entrar y lo que no. En lo que sigue te exponemos esta información.

Lo que está permitido

  • Equipaje y artículos personales: se considerará como equipaje aquellos artículos personales, ya sean nuevos o usados, que lleve cualquier viajero y sean para uso personal o para regalar. Se excluirán aquellas mercancías que por su cantidad o valor se presuma que puedan ser destinadas a la comercialización. Un adulto puede pasar el control de aduanas con un máximo de 400 unidades de cigarrillos, 500 gramos de tabaco de pipa, 50 unidades de puros y 2,5 litros de bebidas alcohólicas. No se considerarán como equipaje los siguientes artículos: mobiliario de casa, vajilla, menaje, lencería, cuadros, instrumentos musicales, aparatos o artefactos electrónicos, e instalaciones de oficina.
  • Artículos del duty free: artículos que no sean para fines comerciales adquiridos en el duty free del aeropuerto de llegada hasta un importe máximo de US$500.
  • Artículos especiales: los siguientes artículos podrán ingresar en el país mediante una declaración previa ante el Servicio de Aduanas: cámaras de fotos y sus accesorios, cámaras o proyectores cinematográficos y diapositivas; tocadiscos y discos; máquinas de escribir portátiles; grabadoras y cassettes; radios portátiles; prismáticos; accesorios deportivos en general; equipos de camping. Su entrada está permitida siempre y cuando sean para uso personal y se lleven de vuelta al país de origen del turista.
  • Vehículos y automóviles: solo se permite ingresar en Chile con un vehículo o automóvil si la estancia no va a superar los 90 días.
  • Animales domésticos: los turistas pueden ingresar en Chile con animales domésticos como perros y gatos siempre que se presente un Certificado de Vacunación de estos contra la rabia y el distémper, el cual tendrá que estar visado por el Consulado chileno que corresponda en el país de origen.

Lo que no está permitido

  • Productos naturales no procesados: productos de origen animal, frutas, verduras y semillas que no hayan sido procesados. Si queremos ingresar en Chile algún producto de estas características, tendremos que declararlo o de lo contrario seremos sancionados con una multa de 3 a 300 UTM. Para declarar dichos productos tendremos primer que rellenar la Declaración jurada conjunta Aduana/SAG, que deberá entregarse al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Una vez hecho esto, nuestro equipaje será revisado por el SAG, organismo que determinará si estos productos pueden ingresar en el país o no.
  • Armas: explosivos, munición y armas de fuego.
  • Drogas: cualquier clase de droga ilegal.

Migración laboral

Los extranjeros que viajan a chile para desarrollar alguna actividad laboral adquieren la denominación de Residente Sujeto a Contrato.

De manera automática, se entregará dicha consideración también al cónyuge, hijos o padres de la persona que adquiere esta condición, siempre y cuando estos dependan del titular de la visa de trabajo y no ejerzan ninguna actividad remunerada.

Además, el interesado deberá acreditar su residencia o visa permanente en Chile, así como estar debidamente autorizado para trabajar. Esto se logra tras firmar un contrato de trabajo. El trabajador podrá desempeñar su actividad laboral antes de haber obtenido la residencia legal en el país con un permiso especial de trabajo para extranjeros con visado en trámite.

No obstante, para que un trabajador extranjero adquiera esta condición, deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • La empresa, institución o persona que contrate al trabajador extranjero debe tener domicilio legal en Chile.
  • El contrato de trabajo debe estar firmado en territorio chileno ante Notario por ambas partes: el empleador y el trabajador o su representante legal.
  • Si se trata de profesionales o técnicos especializados, éstos deberán acreditar su título correspondiente, previa legalización en su país de origen.
  • Las actividades desarrolladas por el extranjero en Chile no pueden ser consideradas como peligrosas o atentatorias según la seguridad nacional. En caso de duda, se solicitará un informe al al Ministerio de Defensa Nacional.
  • La contratación del trabajador, así como el contrato de trabajo, deben cumplir todas las disposiciones laborales pertinentes, aparte de las que extranjería exige exige para la obtención de una visa de trabajo.

Se debe tener en cuenta que la visa de residente sujeto a contrato puede tener una vigencia de hasta dos años y podrá ser prorrogada por períodos iguales. Además, aunque se disponga de dicha visa, si la relación laboral termina por el motivo que sea, la validez de dicha visa caduca de manera automática.

Visa para artistas

Existe una modalidad de visa denominada Visa para artistas, destinada a aquellos artistas que viajan a Chile para trabajar durante un período no superior a 90 días. Para su obtención, tendrás que cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener representante o productor artístico.
  • Solicitar visa de turismo si no existe convenio de exención de visas.
  • Acreditar condición de artista.
  • El productor artístico o representante debe solicitar un permiso de trabajo ante el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior en Chile.

Becas y estudios

Para poder realizar estudios como alumno regular en instituciones y centros de enseñanza chilenos, los extranjeros interesados deberán solicitar una Visa de Estudiante Residente para extranjeros.



Esta visa les otorgará permiso para estudiar en el país durante un período máximo de un año y, en el caso de los becados, durante el tiempo que dure la beca. Para obtener esta visa, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Certificado de matrícula o carta de aceptación de la Universidad o Entidad Educacional chilena en la que vaya a estudiar la persona interesada.
  • Acreditar ante el Consulado chileno una solvencia económica que le vaya a permitir subsistir durante el período de estudios.
  • Certificado de Antecedentes Penales.
  • Certificado Médico.
  • Pasaporte vigente.
  • Cuatro fotos tamaño carné.

Asimismo, el Programa de Becas del Gobierno de Chile ofrece dos modalidades:

  • Becas de postgrado: estas becas están orientadas a que los profesionales extranjeros cursen sus estudios de máster en alguna universidad chilena.
  • Becas para diplomados: el objetivo es que los profesionales extranjeros participen en alguno de los cursos altamente especializados que forman parte de la oferta de cursos formativos en recursos humanos del Gobierno de Chile. Su duración puede ser de entre 4 y 6 semanas.

Estas becas cubren el coste de los billetes de ida y vuelta, la asignación de manutención, ayuda para libros, apoyo para tesis doctoral, seguro médico y arancel cobrado por la Universidad.

En cualquier caso, estos datos pueden variar cada año, por lo que se aconseja consultarlo en la convocatoria anual. Esta información puede consultarse en la web del Ministerio de Relaciones Exteriores (AGCI) de Chile, haciendo clic en este enlace.

Para más información acerca de becas para estudiar en Chile, te recomendamos hacer clic en este enlace.

Programa “Work and holiday”

El Programa Work and Holiday es un convenio firmado entre Chile y los dos países que se mencionan a continuación: Nueva Zelanda y Australia.

El convenio con Australia permite a jóvenes estudiantes y titulados superiores chilenos y australianos no mayores de 31 años (en el viajar al otro país de vacaciones con la posibilidad de estudiar y trabajar al mismo tiempo, durante un plazo máximo de un año.

En el caso del acuerdo con Nueva Zelanda, los requisitos serán los mismos, a excepción de la edad, que no deberá ser superior a los 30 años. Puedes informarte mejor en la propia web de este Programa haciendo clic en este enlace.

Nacionalización

A continuación detallamos los requisitos que se deben cumplir para optar a la obtención de la nacionalidad chilena:

  • Ser ciudadano extranjero.
  • Haber cumplido 21 años o 18 en caso de ser hijo de padre o madre chileno/a.
  • Llevar más de 5 años residiendo en territorio chileno (este plazo se computará a partir de la obtención de la primera visa de residencia).
  • Ser el o la titular del permiso de Permanencia Definitiva Vigente.
  • No tener antecedentes penales.
  • Tener capacidad para ganarse la vida por sus propios medios.
  • Rellenar y firmar el formulario denominado Solicitud de Carta de Nacionalización, adjuntando la documentación necesaria.

Haciendo clic en este enlace, podrás obtener más información sobre este proceso.

Españoles: Convenio de Doble Nacionalidad

Los ciudadanos españoles, esto es, nacidos en territorio peninsular, en las Islas Baleares o Canarias, pueden optar por acogerse al Convenio de Doble Nacionalidad. Para ello, el interesado o la interesada tendrá que presentar una Declaración Jurada Notarial en la cual solicita acogerse a este convenio entre Chile y España.

Permiso de residencia

Existen dos tipos de visa de residencia en el país: la residencia temporaria y la permanencia definitiva. Además, dentro de uno de estos tipos de visado, existen diferentes modalidades según cuál sea el caso del interesado o la interesada.

Residencia temporaria

En primer lugar, enumeramos los tipos de visa de residencia temporaria:

  • Visa temporaria para extranjero con vínculo con un chileno o una chilena.
  • Visa temporaria para hijo de extranjero transeúnte.
  • Visa temporaria para extranjero vinculado con familiar que posea la permanencia definitiva.
  • Visa temporaria para ex residentes.
  • Visa temporaria para religiosos.
  • Visa temporaria para jubilados y rentistas.
  • Visa temporaria para inversionistas y comerciantes.
  • Visa temporaria para profesionales y técnicos de nivel superior, con dos o más contratos, remunerados en el exterior, periodistas o profesionales de los medios de comunicación.
  • Visa temporaria para embarazadas y de tratamiento médico.
  • Visa para los estados que forman parte del MERCOSUR (incluye a los nacionales de Argentina, Brasil, Bolivia, Uruguay y Paraguay).

Permanencia definitiva

En cuanto a la obtención de la permanencia definitiva, ésta se concederá en los siguientes casos:

  • Residentes con contrato como dependiente de un empleador.
  • Residentes con visa de estudiante.
  • Residentes con visa temporaria con vínculo con chileno/a.
  • Residentes con visa temporaria para hijo de extranjero transeúnte.
  • Residentes con visa temporaria para religiosos.
  • Residentes con visa temporaria para residentes vinculados con un familiar que posea la permanencia definitiva.
  • Residentes con visa temporaria como inversionistas, honorarios o rentistas.
  • Residentes con visa temporaria de jubilado.
  • Residentes con visa temporaria para menores de 18 años no acompañados de sus padres o tutores legales.
  • Residentes cuyo cónyuge sea funcionario chileno del servicio exterior.
  • Residentes con visa oficial (personal administrativo o de servicio).
  • Residentes con visa temporaria como hijo o hija de padres chilenos nacionalizados extranjeros.
  • Residentes con visa temporaria como ex chileno nacionalizado extranjero.
  • Residentes con visa sujeta a contrato o visa temporaria para residentes que ejercen como tripulantes.

Vacunas

Para ingresar en Chile, no estás obligado a vacunarte contra ninguna enfermedad ni a pasar ningún tipo de examen médico específico. No obstante, aconsejamos las siguientes vacunas como medida de prevención:

  • Vacunas rutinarias: aunque habitualmente nos vacunan contra estas enfermedades ya de pequeños, si no estás al día contra enfermedades como el sarampión, las paperas, la rubéola, la difteria, la tos ferina y el tétanos, entre otros, te recomendamos hacerlo antes emprender tu viaje.
  • Hepatitis A y B
  • Fiebre tifoidea
  • Influenza (gripe estacional y H1N1)

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